Ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Inno
miércoles, 30 de marzo de 2022
Cuarto. Importe: Las ayudas tendrán un límite de 600.000 € por agrupación beneficiaria, siendo de aplicación los demás límites señalados por el artículo 9 del Real Decreto 169/ 2018, de 23 de marzo.
La ayuda corresponderá al cien por cien de los gastos subvencionables que se hayan generado por la actuación, dentro de los límites siguientes:
a) Para proyectos enfocados a productos incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como productos forestales, la ayuda será del 100% para los tipos de gasto indicados en los artículos 9.2.a), 9.2.c) y apartados 1.º a 6.º del artículo 9.2.b).
b) Para proyectos enfocados a productos no forestales no incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la ayuda será del 50% para los tipos de gasto indicados en los artículos 9.2.a), 9.2.c) y apartados 1.º a 6.º del artículo 9.2.b).
c) Para los gastos previstos en el apartado 7.º del artículo 9.2.b): 1.º 60% del gasto elegible en el caso de proyectos correspondientes al ámbito del anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 2.º 40% del gasto elegible en el caso de proyectos correspondientes a productos forestales no incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 3.º 10% del gasto elegible en el caso de proyectos correspondientes a productos no forestales no incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Se podrán realizar pagos anticipados de la subvención concedida en el caso de que el proyecto innovador contemplara gastos de inversión (los recogidos en el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo en el artículo 9 apartado 2, b, 7º) según establece el artículo 16 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo. El importe del anticipo cubrirá el 50% como máximo de la ayuda pública correspondiente a la inversión.
30/03/2022 10:53 | AdmonAlcoi
URL oficial/canónica: https://desarrollolocal.emprenemjunts.es/?op=13&n=18549


