Subvenciones a la formación y difusión en materia de la Unión Europea y de acción exterior

Información complementaria
jueves, 13 de abril de 2023
REQUISITOS
Las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y en los artículos 18 y concordantes del Real Decreto 887/2006 de desarrollo del Reglamento de la ley general de subvenciones. Las entidades beneficiarias de estas subvenciones deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 4 de las bases reguladoras y en la convocatoria.
OBSERVACIONES
La solicitud deberá expresar el consentimiento o la oposición para que el órgano instructor pueda comprobar o recabar de otros órganos, administrativos o proveedores de la información, por medios electrónicos, la información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 22.4 del RLGS, o sobre otras circunstancias de las entidades solicitantes, o de las solicitudes que, de acuerdo con la convocatoria y con la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento. En caso de oposición, la entidad solicitante deberá aportar los correspondientes certificados.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios objetivos de otorgamiento y las valoraciones que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones son los establecidos en el artículo 6 de las bases reguladoras:
a) Calidad técnica, viabilidad económica e innovación de la actividad, hasta 11 puntos. Para ello, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- La adecuación de la actividad a los objetivos de la subvención y a las prioridades específicas establecidas en la convocatoria, hasta 3 puntos.
- La coherencia, la claridad y la proporcionalidad del presupuesto aportado con el objeto de la acción, hasta 3 puntos.
- La aportación de medios personales y materiales propios de la entidad beneficiaria, hasta 2 puntos.
- La cofinanciación de la actividad por otras entidades, públicas o privadas, debidamente acreditadas, hasta 1 punto.
- El planteamiento innovador, hasta 1 punto.
- La paridad en el cuadro de profesorado o personas conferenciantes, hasta 1 punto.
b) Impacto, repercusión, relevancia e interés objetivo de la actividad a desarrollar, hasta 10 puntos. Para ello, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Formulación clara y precisa de los objetivos y de los resultados esperados, hasta 2 puntos.
- Notoriedad de las personas intervinientes o participantes previstas, hasta 2 puntos.
- Repercusión territorial y/o internacional de las actividades programadas, hasta 2 puntos.
- Personas beneficiarias (número aproximado de asistentes, procedencia social, cultural y geográfica), hasta 2 puntos.
- Medios empleados para la difusión de la actividad, hasta 1 punto.
- Trascendencia en los medios de comunicación de la actividad prevista, hasta 1 punto.
c) Experiencia, trayectoria y especialización de la entidad solicitante en actividades similares a las que se presentan, hasta 5 puntos. Para ello, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Equipo humano responsable de la organización de la actividad y dedicación, hasta 3 puntos.
- Actividades desarrolladas en los últimos 3 años en el ámbito de la Unión Europa o de organismos internacionales, hasta 2 puntos.
13/04/2023 11:49 | AdmonVlc
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=13&n=19753

