Bases reguladoras Ayora Emprende 2023

Subvenciones destinadas al fomento del emprendimiento
Descarregar (.pdf 336Kb)Las presentes Bases tienen como objeto establecer las normas por las que han de regirse la solicitud y concesión de ayudas dirigidas a las personas físicas o jurídicas que emprendan una actividad en el municipio de Ayora o que ya la ejerzan con anterioridad y realicen mejoras en los negocios existentes, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023, siempre que cumplan todos los requisitos establecidos en las mismas.
Se pretende dinamizar la pequeña y mediana empresa, así como el tejido comercial local con el objetivo de crear un sistema de emprendedurismo más innovador y resiliente, que haga frente a las dificultades y retos del mercado actual en un entorno rural. No solo se pretende fomentar la creación de nuevas actividades comerciales o empresariales sino que también se potencia la creación de puestos de trabajo y se ayuda a mitigar la despoblación, constituyendo al municipio de Ayora como polo de atracción económica dentro de la comarca.
REQUISITOS BENEFICIARIOS:
- Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, microempresa o pequeña o mediana empresa.
- Que el domicilio social sea en Ayora así como la actividad principal que se desarrolle sea dentro del término municipal de Ayora.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Ayora.
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en la Ley General de Subvenciones.
- Someterse a las actuaciones de comprobación por parte del órgano instructor del Ayuntamiento de de Ayora, aportando cuanta información o documentación le sea requerida para el cumplimiento de estas ayudas.
- Haber realizado una inversión mínima de 500 euros (IVA no incluido) en gastos considerados como subvencionables en las presentes Bases.
- En el caso de del Programa de Creación de Empresas, haber iniciado la actividad en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023.
Estos requisitos deberán reunirse a la fecha de solicitud de la ayuda. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos autónomos o empresarios que hayan modificado su actividad principal por otra en locales ya existentes regentados con anterioridad por ellos mismos o familiares de primer grado.
La ayuda está condicionada a la disponibilidad presupuestaria (máximo de 40.000€). Se concederán ayudas hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria, por lo que se priorizarán siempre las solicitudes según fecha y hora de registro de entrada en el Ayuntamiento.
Más información y acceso a los formularios de presentación de la convocatoria en INFOSUBVENCIONES.
28/03/2023 12:13 | AdmonVlc
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=13&n=19728

