Ayudas al impulso a la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana afectadas por la DANA 24 (INTDAN)
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lunes, 16 de junio de 2025
ACCIONES APOYABLES
Tienen la consideración de acciones apoyables LAS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN (en los términos del artículo 5 de la Resolución de bases reguladoras y convocatoria y atendiendo en todo caso a las particularidades señaladas para cada una de ellas), REALIZADAS ENTRE el 1 de NOVIEMBRE de 2024 Y el 31 de OCTUBRE de 2025 (ambos días incluidos), SIEMPRE QUE queden debidamente descritas y justificadas en la memoria que ha de presentarse junto a la solicitud:
1. Participación en certámenes feriales internacionales:
1.1. Participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales celebrados EN el ESTADO ESPAÑOL y reconocidos con este carácter por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
1.2. Participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren FUERA del Estado español.
2. Gastos de alojamiento y desplazamiento para asistencia a ferias, showrooms, congresos o similares con carácter internacional, organizadas por organismos públicos, entidades público-privadas o asociaciones empresariales, así como por actividades promovidas por IVACE internacional y viajes comerciales internacionales.
3. Gastos relacionados directamente con las siguientes acciones de marketing para la ejecución del plan de promoción internacional detallado en la memoria:
3.1. Publicidad en medios extranjeros.
3.2. Material promocional para el mercado internacional (diseño, traducción e impresión), tanto en formato físico como digital.
4. Servicios profesionales relacionados con el proceso de registro y vigilancia de marca u otros servicios de propiedad industrial fuera de España, a excepción de las tasas.
5. Servicios profesionales relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos y servicios.
6. Gastos por nueva contratación de personal cualificado, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa.
7. Gastos extras de almacenamiento temporal en España o en el extranjero para mantener los compromisos de exportación durante la recuperación tras la DANA 24, gastos por cancelaciones de despacho, u otros gastos no corrientes e imprevisibles similares a los anteriores.
8. Gastos de capacitación del personal de la empresa en nuevas competencias digitales para la internacionalización o programas de formación en comercio internacional.
9. Gastos por servicios para la constitución de consorcios internacionales y redes empresariales.
10. Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial, para captación y /o consolidación de clientela internacional tanto en España como en el extranjero, no contempladas en las demás acciones apoyables.
NO se consideran SUBVENCIONABLES:
- Tanto los gastos especificados como NO subvencionables al detallar cada una de las acciones apoyables en el referido artículo 5.
- Como los expresamente indicados como NO subvencionables en dicho artículo 5.
* IMPORTANTE respecto a A) y B):
- Es necesario atender a la amplia y detallada descripción contenida en el ARTÍCULO 5 de la Resolución de bases reguladoras y convocatoria.
- Estas ayudas son INCOMPATIBLES con las ayudas al Impulso a la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana (INTPRM) para el ejercicio 2025, para los mismos gastos y periodo subvencionable.
ayudas DANA internacionalización empresas competitividad Comunitat Valenciana subvenciones convocatoria
16/06/2025 11:36 | CarmenDiaz
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=13&n=22045

